Descripción

Todos los vehículos extranjeros que cumplen los requisitos tecnológicos y de emisiones de acceso deben inscribirse en el Listado de vehículos autorizados para circular por las ZBE descritas en esta web. El trámite de comprobación de requisitos ambientales puede tardar hasta 15 días.  

Requisitos

Se pueden registrar en el Listado de Vehículos Autorizados aquellos vehículos de cualquier tipo con matrícula extranjera.

Los vehículos que cumplan los requisitos ambientales obtendrán una autorización de larga duración para circular por las ZBE descritas en esta web. 

Los requisitos para la inscripción de vehículos que cumplen los requisitos para circular son: 

  • Motocicletas y ciclomotores (categoría L) clasificados como Euro 2 o superior (habitualmente matriculados después de 2003). 
  • Turismos (M1) y furgonetas (N1) clasificados como eléctricos, gasolina Euro 3 (habitualmente matriculados después de 2000) o superior o diésel Euro 4 o superior (habitualmente matriculados después de 2005). 
  • Camiones (N2, N3), autobuses y autocares (M2, M3): eléctricos, diésel, Euro 4 o superior (habitualmente matriculados después de 2005). 

Los titulares de vehículos que no cumplen los requisitos ambientales y que no estén en moratoria, o aquellos que cumplen los requisitos ambientales pero necesitan acceder a las ZBE antes de que su inscripción esté comprobada, podrán acceder sin necesidad de realización de ningún trámite durante el número máximo anual de accesos diarios (en un año natural) que se contemple en las ordenanzas municipales. 

Un mismo solicitante puede dar de alta varios vehículos.